Ley [LAASSP]

Artículo décimo cuarto de Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público

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Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público (LAASSP)

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TRANSITORIOS

décimo cuarto..- El sistema electrónico para que las Cooperativas formalicen sus Actas Constitutivas a que se refiere el artículo 13 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, deberá ponerse en funcionamiento en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la suscripción del instrumento referido en el transitorio anterior.

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